RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL

Tarifa para el cálculo de pagos bimestrales definitivos de 2024, por parte de los contribuyentes del RIF en los términos del artículo 111, décimo segundo párrafo de la Ley del ISR vigente hasta 2021, en relación con la fracción IX del Artículo Segundo del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto Especial sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos”, publicado en el DOF el 12 de noviembre de 2021.

(Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024; D.O.F. 29 de diciembre de 2023)

 

TARIFA BIMESTRAL

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

1,492.08

0.00

1.92

1,492.09

12,664.10

28.64

6.40

12,664.11

22,256.02

743.66

10.88

22,256.03

25,871.64

1,787.26

16.00

25,871.65

30,975.42

2,365.76

17.92

30,975.43

62,472.98

3,280.36

21.36

62,472.99

98,466.00

10,008.24

23.52

98,466.01

187,987.80

18,473.78

30.00

187,987.81

250,650.40

45,330.34

32.00

250,650.41

751,951.22

65,382.36

34.00

751,951.23

En adelante

235,824.64

35.00